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¿Puedo modificar las medidas dictadas con la separación o divorcio respecto a los hijos menores?

En muchas ocasiones los convenios reguladores o las sentencias en relación a las medidas con los hijos menores se quedan obsoletos por el paso del tiempo y por la alteración de las circunstancias.

Por eso se faculta a cualquier de los progenitores a instar la modificación de las mismas, ya sea de mutuo acuerdo, o si no hay consenso, de manera contenciosa. Desde nuestro despacho, los abogados de familia en Gijón analizarán el contenido del convenio o sentencia que se precisa modificar y la viabilidad de dicho cambio.

El mutuo acuerdo permite que ambos progenitores modifiquen su convenio regulador o redacten uno nuevo, acudiendo solo a los tribunales para su homologación, por lo que no se celebrará juicio; esta parte de homologación es muy importante, porque el convenio, aunque revista la forma de un contrato, debe ser autorizado en sede judicial debido al principio de especial interés del menor, que se traduce en un control de las condiciones pactadas por el ministerio fiscal y requiere aprobación judicial.

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Me han requerido para subsanar mi solicitud de residencia. ¿Qué puedo hacer?

Es bastante normal que la Administración, en la tramitación de las solicitudes de residencia temporal, requiera a los ciudadanos interesados para aportar todo tipo de documentación. Las peticiones de residencia, requieren un arduo estudio previo, ya no solo por el entramado burocrático previo a las propias peticiones (certificados de nacimiento, antecedentes penales, empadronamiento municipal, informes del Ayuntamiento, seguros de salud, acreditaciones de la Seguridad Social, etc.), sino también por lo que suele acontecer una vez presentados los documentos en la Oficina de Extranjería pertinente; el requerimiento de subsanación.

La presentación del formulario en la Administración es solo el comienzo de una gran travesía hasta llegar a la resolución favorable. Generalmente, ya sea por carencias en la propia solicitud inicial (inobservancia de algún requerimiento o posibles errores de forma a la hora de presentar los documentos) o por caducidad de la propia documentación aportada (los certificados de antecedentes penales, caducan a los 3 meses, por ejemplo), se produce una suspensión de la tramitación, periodo en que se requiere al interesado para subsanar errores y carencias.

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¿Es suficiente causa el diagnóstico de trastorno ansioso-depresivo para la obtención de una incapacidad permanente?

Una respuesta breve a la cuestión planteada debe ser negativa si es la única enfermedad que se padece. A partir de ahí podemos analizar una serie de variables.

Para comenzar, debemos diferenciarla de una de las patologías que puede desembocar en la concesión de una incapacidad permanente, la depresión mayor, pero; ¿Sirve esta por si sola para declarar la incapacidad? Y, ¿En qué grado?

Este tema es una de las cuestiones recurrentes que los clientes precisan esclarecer antes de iniciar la solicitud de incapacidad, nuestros abogados de Gijón, especialistas en materia de incapacidades (antes denominada invalidez) lo aclaran:

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Del impago del alquiler y sus consecuencias

El contrato de arrendamiento para uso de vivienda estándar, siempre estipula en su clausulado las causas de resolución del mismo, siendo una de las más comunes, el impago de la renta por parte del arrendatario.

Ahora bien, ¿Cuánto tiempo ha de pasar para que se pueda reclamar esas rentas y resolver el contrato? En la mayoría de los casos, es en el contrato donde se recogen las bases que constituyen la relación de arrendamiento entre el arrendador y el arrendatario, o comúnmente conocidos como casero e inquilino, respectivamente.

Como en cualquier contrato, siempre va a primar la voluntad de las partes; si se prevé la cantidad de meses que se ha de estar sin abonar la renta antes de que se produzca la resolución del contrato, hay que atenerse a ello.

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Riders y Derecho Laboral: Nueva Regulación, Nuevos Derechos

La calificación como laboral o no de los contratos existentes entre “riders” y plataformas digitales, como Glovo, Deliveroo o Uber Eats, vino siendo uno de los aspectos más polémicos de los últimos años. El debate transciende fronteras, pues no sólo se dio en el ámbito patrio, sino también a nivel mundial. Y es una discusión, que a pesar de ser zanjada por el Tribunal Supremo en Sentencia 805/2020, de 25 de septiembre, no parecía tener fin.

Eco de ello es el Real Decreto-ley 9/2021, de 11 de mayo, para garantizar los derechos laborales de las personas dedicadas al reparto en el ámbito de plataformas digitales. Este Real Decreto-ley intenta dar una solución legislativa para dar seguridad jurídica a personas trabajadoras y empresas. Nuestros abogados laboralistas de Gijón, les explican sus claves.

¿Qué regula el Real Decreto?

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El INSS me notifica la revisión de mi incapacidad permanente por mejoría ¿Cómo debo proceder?

La recepción de una notificación donde el INSS que comunica el inicio de la revisión de la incapacidad permanente reconocida por mejoría, con la ulterior posibilidad de la retirada de la prestación económica, puede resultar abrumadora, tanto por la cantidad de documentos a recabar, como por la pluralidad de trámites a enfrentar y el tiempo de ejecución de todo ello.

Así pues, nuestros abogados laboralistas en Gijón, sintetizan cual es la respuesta que se debe realizar a este trámite y nos detallan el procedimiento a seguir, pues está en riesgo la retirada de la prestación:

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Me ha llegado a casa una citación para un juicio por delito leve ¿qué hago?

Los delitos leves, sustituyeron con la reforma del Código Penal lo que antes eran las “faltas”. Que el nombre no lleve a engaño a nadie; que un delito sea leve no significa que no sea un delito, y que no haya que darle la importancia que tiene.

En cuanto al juicio por delito leve, es un procedimiento penal que sirve para enjuiciar las conductas penales de este tipo. Los más comunes suelen ser los que afectan a las lesiones, amenazas, o hurto. Se dirimen ante el juzgado de guardia o juzgado de instrucción que corresponda.

La persona perjudicada por el delito, tiene seis meses para poner la denuncia de los hechos ante la policía o ante el juzgado de guardia. Se citará ante el juzgado de instrucción a los ofendidos, perjudicados, denunciante, denunciado y testigos de los hechos, y si fuere pertinente, asistirá de igual forma el Ministerio Fiscal.

El juez cuando recibe el atestado, puede:

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Disolver una comunidad de bienes y pagar los impuestos: sus difíciles entresijos fiscales

El artículo 393 del Código Civil dispone que “hay comunidad cuando la propiedad de una cosa o un derecho pertenece pro indiviso a varias personas”. Los casos de comunidades de bienes, más frecuentes, son aquellos de constitución para actuaciones empresariales (las “C.b”); las que se originan a consecuencia del matrimonio; y los de herencias a las que concurren varios herederos.

Cuando quieran terminar con esa situación, se adjudican lo bienes de acuerdo a la participación de cada uno. Esto se denomina disolución. Este acto consiste en que cada uno lleve lo suyo, lo que en principio parece simple ¿verdad?

Lo cierto es que no, debido a la influencia de los impuestos, cuyo impacto le explican nuestros Abogados de Derecho Inmobiliario y Fiscal de Gijón.

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divorio321 min

Para iniciar los trámites de divorcio ¿Qué documentos necesito?

El inicio de los trámites de divorcio puede resultar abrumador, tanto por la cantidad de decisiones a tomar, como por los documentos a aportar.

Así pues, nuestros  abogados de familia en Gijón, sintetizan cual es la documentación necesaria para iniciar el trámite:

  • Certificado de matrimonio. A solicitar en el Registro Civil del lugar de celebración de las nupcias.
  • Certificado de nacimiento de los hijos menores de edad o mayores dependientes económicamente. Igualmente, a solicitar en el Registro Civil del lugar donde hayan nacido.

Además, si se liquida la sociedad de gananciales, en caso de tener los cónyuges ese régimen económico matrimonial, se precisará:

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La plusvalia; qué es y cuándo se paga

La plusvalía municipal es como se le llama coloquialmente al Impuesto de Incremento de valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU). Es un tributo que gestionan los ayuntamientos, siendo discrecional su aplicación; es decir, que hay Ayuntamientos que lo repercuten, y otros que no.

Lo que grava es el beneficio que obtiene una persona como resultado de la transmisión de una propiedad por cualquier título; venta, herencia, legado, donación, permuta enajenación en subasta o expropiación forzosa. El inmueble ha de ser necesariamente de naturaleza urbana, pues el impuesto no se aplica a las fincas rústicas.

Para calcular la plusvalía, se usa el valor del suelo del inmueble objeto del negocio (este valor, es el que se recoge en el Impuesto de Bienes Inmuebles) así como los años que la persona que lo enajena lo poseído como propietario. Cada Ayuntamiento tiene un porcentaje y un tipo de gravamen que será en que se aplicará para hallar ese “incremento de valor” que haya atribuido al bien, que nunca podrá ser superior al 30%.

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