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Mi permiso de residencia caduca en un mes. ¿Cómo puedo renovarlo?

A excepción del permiso de residencia permanente, el resto de autorizaciones de residencia, tienen un periodo de vigencia bastante laxo, que puede ir desde un año (arraigos en general) hasta 5 años (tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea).

Cuando un permiso va a caducar, es necesario renovarlo para poder continuar con el status otorgado con el mismo. Ahora bien, para renovarlo, hay que estar dentro del plazo legalmente establecido para ello (un mes antes de su caducidad o hasta tres meses después, sin perjuicio de la pertinente sanción administrativa que se le pueda poner por realizar el trámite extemporáneamente) y acreditar que los requisitos que dieron lugar al otorgamiento de la tarjeta, siguen existiendo, es decir, que las circunstancias que justificaba que pudiera residir de manera regular en el país o no han cambiado, o se han modificado, encajando en alguno de los presupuestos que existen para poder optar a la residencia.

La renovación, no es automática, por lo que es muy importante saber, en cada caso concreto, qué documentación hay que aportar, y de qué forma, además del tipo de permiso al que se podría optar tras esa renovación.

Hay tarjetas de residencia, que no se pueden renovar, como, por ejemplo, las tarjetas otorgadas a causa de arraigo (social, familiar, laboral). Este tipo de permisos, debido a su excepcionalidad, no tienen posibilidad de renovación, si no que el titular del mismo, ha de modificarlo por un permiso de residencia por trabajo, ya sea por cuenta ajena o por cuenta propia.

En el caso de las personas que poseen una tarjeta de familiar de ciudadano de la UE, la renovación (siempre y cuando se reúnan las mismas condiciones que cuando se otorgó la tarjeta originaria) provee al interesado de un permiso permanente, cuya vigencia es de 10 años y se renueva de forma automática.

Debido a la cantidad ingente de tipos de permisos de residencia que existen, siempre hay que efectuar un estudio riguroso tanto del permiso que se quiere renovar como de la posibilidad de dicha renovación, o en su defecto, de la tarjeta a la que se puede optar en caso de que no se pueda seguir con la ya otorgada, cumpliendo estrictamente con los plazos de que se dispone.

Si la tarjeta no se renueva en tiempo y forma, la consecuencia es la pérdida del status conseguido, debiendo de comenzar un nuevo proceso para obtener el permiso pertinente, lo que conllevaría una gran pérdida de tiempo y dinero, así como la posibilidad de expulsión por no estas habitando de forma regular en el país.

Desde Luis Pérez & Asociados. Abogados le asesoraremos en esta cuestión, para asegurar no sólo la reclamación, sino su éxito. Nuestro horario habitual es de lunes a jueves de 9 a 14 y de 16 a 19 y el viernes de 9 a 14, pudiendo consultar por medios telemáticos o pedir cita para ser atendido en presencia por nuestro equipo de abogados de Gijón.

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