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¿Cómo llevar a cabo un divorcio?

Son múltiples las disyuntivas que se presentan a los cónyuges cuando uno o ambos deciden disolver el vínculo matrimonial, se trata de una consulta recurrente. Así, nuestros abogados de familia en Gijón, han elaborado esta guía:

Divorcio a voluntad de un cónyuge.

La regla general es que, pasados los tres meses de la fecha de las nupcias, cualquiera de los cónyuges puede solicitar el divorcio sin justificación alguna.

Dónde se realiza.

Va a depender de la existencia de hijos; ante la ausencia de estos o si son adultos, se puede realizar en el juzgado o, si hay acuerdo entre las partes, también ante Notario.

La primera de las opciones se basa en que las partes a través de su abogado/s fijan un acuerdo sobre los términos de su divorcio (este procedimiento es más breve y menos costoso económica y emocionalmente.

En defecto de acuerdo, se debe recurrir a los tribunales para decidir todo lo ateniente a un divorcio.

Profesionales que intervienen.

Al menos, el abogado y procurador ante el juzgado y el abogado y el notario ante la notaría.

Pluralidad de procedimientos.

Efectivamente en función de si hay avenencia o no entre las partes podemos estar ante un único procedimiento o ante tres:

  • Medidas provisionales.
  • Divorcio.
  • Liquidación de la sociedad de gananciales.

Qué se dirime en relación a los hijos.

Consiste en abordar las opciones de guarda y custodia sobre los hijos menores. Los primeros parámetros a fijar son aquellos referentes a valorar y decidir con quién van a vivir los menores; pudiendo optar entre la madre, el padre o con ambos de manera compartida.

Actualmente el criterio general, en defecto de acuerdo entre los padres, es que los progenitores compartan la guarda y custodia, lo que supone que los niños vivirán con cada progenitor por periodos generalmente de semanas alternas, para que esto se produzca con la mayor normalidad posible se busca que; 1) los progenitores vivan en la misma localidad 2) proximidad al centro escolar 3) disponibilidad horaria de los cónyuges y 4) relación cordial entre los padres. En base a estas premisas y en aras a que los padres puedan criar por igual a sus hijos, se circunscribe el régimen preponderante de guarda y custodia en España, el de la compartida.

Qué se dirime en relación al patrimonio.

Debemos partir  de que en el ámbito territorial del derecho común, al que pertenece Asturias, los cónyuges que no otorgan capitulaciones matrimoniales estarán durante su matrimonio en el régimen económico de sociedad de gananciales, por lo que al disolver el divorcio se deberá liquidar (es decir, repartir) la sociedad de gananciales.

El régimen legal de sociedad de gananciales supone que los cónyuges forman una comunidad por la cual, tras el matrimonio, todas las ganancias y el patrimonio adquirido por título lucrativo pasan a ser de ambos cónyuges a partes iguales. De la misma forma, ocurre con las deudas, siendo el criterio general que primero responde el deudor, en su defecto la sociedad de gananciales y en tercer lugar el otro cónyuge.

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