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Registro de ciudadano de la Unión Europea

Ser un ciudadano de los países que conforman la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo o Suiza, da muchos beneficios; el conocido Acuerdo Schengen, además del tráfico de divisas y mercancías, facilita a los ciudadanos el poder viajar y establecerse en otros estados sin necesidad de obtener un visado previo antes.

Aun existiendo un tratamiento privilegiado, cualquier ciudadano de un país de la UE que desee venir a España y efectuar aquí una estancia que dure más de tres meses, debe solicitar su inscripción en el registro central de extranjeros. Para ello, se debe tramitar la “green card” o tarjeta verde. A diferencia de los extranjeros de terceros países, los residentes de la UE, no es necesario pedir una tarjeta de identificación de extranjero ni disponer de un NIE, si no que, con el propio registro, se asigna el número NIE. Nuestros Abogados en Gijón te explican los pasos a seguir.

La tarjeta verde, tiene una validez inicial de 5 años, pudiendo solicitar, en los meses previos a su caducidad, una tarjeta permanente, cuya duración es de 10 años.

Los requisitos para su obtención, varían dependiendo el motivo de establecimiento en España; ser trabajador por cuenta ajena para una empresa española, ser trabajador por cuenta propia, disponer de medios económicos para subsistir o ser estudiante, siendo el requisito común para todas las situaciones la obligatoriedad de la solicitud de registro tras los tres meses de estancia.

Cuando el motivo de la residencia es haber encontrado un trabajo por cuenta ajena, se han de facilitar junto con el formulario de solicitud y el pasaporte, una serie de documentos atinentes a la empresa española con la que se mantiene la relación laboral, a saber: el CIF, la escritura notarial de constitución de la empresa y los datos fiscales de la misma (declaraciones de impuestos de los últimos años) para demostrar su solvencia económica, siendo necesario a mayores, tener un contrato de trabajo válido y ser dado de alta en la Seguridad Social.

Para poder contratar a un extranjero perteneciente a cualquier país de la UE, no es necesario que ostente primero la tarjeta verde ni el NIE, si no que con el pasaporte europeo será suficiente para poder contratarle.

Desde Luis Pérez & Asociados Abogados le asesoraremos en esta tipología de procedimientos, para asegurar la defensa de sus intereses. Nuestro horario habitual es de lunes a jueves de 9 a 14 y de 16 a 19 y el viernes de 9 a 14, pudiendo consultar por medios telemáticos o pedir cita para ser atendido en presencia.

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