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Mi hijo es español, pero yo resido de forma irregular en el país, ¿qué puedo hacer?

Existen muchos casos de personas extranjeras que estando ya en España asentadas, por circunstancias ajenas a su voluntad, pasan a encontrarse en una situación irregular, por causas como la pérdida del trabajo, la separación del cónyuge que le daba derecho al permiso, u otras circunstancias que provocan la pérdida de la autorización de residencia que se les había otorgado.

Muchas de estas personas, llevan años viviendo en España, desarrollándose a nivel laboral y familiar, encontrando una situación muy limitativa al perder sus derechos.

Como explicamos en otro de los post, en algunos casos, los hijos de padres extranjeros, se presumen de nacionalidad española. Esta circunstancia, puede beneficiar al extranjero que pierde su condición de residente acorde a derecho en España, pues si sus hijos son españoles, puede optar al permiso del arraigo familiar.

Esta figura excepcional, sirve para que las personas que han perdido su status de residente temporal, puedan volver a estar en una situación regular para encontrar un trabajo y permanecer legalmente en el país.

Nuestros abogados de familia en Gijón os exponen las condiciones que se tiene que dar, son las siguientes:

  • Haber permanecido mínimo dos años en el territorio nacional que requieren demostración, con documental que acredite que esa estancia ha sido fehaciente.
  • Tener el pasaporte válido y en vigor, y con una vigencia mínima de 4 meses.
  • Carecer de antecedentes penales en el país de proveniencia y en todos los países en los que se haya vivido durante el periodo de 5 años antes de la entrada en España
  • Que los hijos o padres del interesado, sean españoles de origen; es decir, nacidos en España, justificando tal hecho con un certificado literal de nacimiento del registro civil correspondiente.

Dándose los presupuestos reseñados, se podría instar este permiso, que tiene una duración de 1 año desde su solicitud en la oficina de extranjería de la demarcación territorial donde resida el interesado. Es importante reseñar, que, tras la finalización del mismo, no se puede renovar; habría que efectuar una modificación del permiso a otro tipo de residencia, por trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia en su caso.

Lo recomendable en este tipo de supuestos antes de comenzar con ningún trámite, es acudir a expertos en la materia, que puedan asesorarle sobre los trámites, documentación y plazos que se deben de tener en cuenta para que el permiso se consiga de la manera más rápida y económica posible.

Desde Luis Pérez & Asociados. Abogados le asesoraremos en esta cuestión, para asegurar no sólo la reclamación, sino su éxito. Nuestro horario habitual es de lunes a jueves de 9 a 14 y de 16 a 19 y el viernes de 9 a 14, pudiendo consultar por medios telemáticos o pedir cita para ser atendido en presencia por nuestro equipo de abogados de Gijón.

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