segunda

Libérate de tus deudas. Soluciones para empezar de nuevo. Segunda oportunidad

El sobreendeudamiento en nuestro país se va acuciar más si cabe con la crisis sanitaria que estamos viviendo. Para ello ya existían mecanismos como el que vamos a explicar a continuación para paliar los efectos perniciosos en el ámbito económico que va a ocasionar esta pandemia y «dar oxígeno a las personas», liberándolas de la «mochila» que supone encontrase en una situación de insolvencia.

Ley de segunda oportunidad

Permite al deudor verse liberado de sus obligaciones y con ello le regala la posibilidad de comenzar una nueva vida sin cargas, mediante un fácil proceso que pasamos a resumir:

Primeramente se intentaría, lograr un acuerdo extrajudicial de pagos negociado con los acreedores, con la intervención de un mediador, delante de un notario sí el deudor es persona física no empresaria o ante el registrador de la propiedad o cámara de comercio si se trata de persona física empresaria. Intentar ese acuerdo es imprescindible para lograr liberarse de la deuda mediante la obtención final del BEPI (BENEFICIO DE EXONERACIÓN DEL PASIVO INSATISFECHO). Esta ley pretende liberar al deudor de su carga, de esa mochila que no le deja vivir tranquilo. En este primer momento no suele llegarse a un acuerdo, pero es necesario intentarlo. Celebrado dicho acuerdo sin efecto pasaríamos a la siguiente fase ante el juzgado y a través de un proceso judicial llegar a la finalización del mismo para poder acogerse al BEPI y una vez obtenido comenzar «de cero», liberado de deudas.

Para poder acogerse al beneficio de esta ley y por tanto quedarse sin deudas, la persona insolvente tiene que cumplir una serie de requisitos que gravitan en torno al principio de «buena fe», es decir que esos sujetos hayan sido honrados en sus actividades, que no se trate de una insolvencia provocada a propósito. A modo de ejemplo pensemos en un empresario hostelero, que en este momento de crisis sanitaria tiene que tener cerrado su restaurante, esta situación no la provocó él adrede, por tanto en un principio podrá a cogerse al beneficio de esta ley. Otro ejemplo sería el constituido por un comercial al que no le pagan sus clientes finales y a su vez él debe a sus proveedores, tampoco provocó esa situación de insolvencia y por ello podría beneficiarse de esta norma. Desde nuestro despacho analizaríamos su caso para comprobar si está en situación de iniciar el trámite para la obtención del BEPI. El proceso judicial implicaría la liquidación (venta) de sus bienes, no obstante no de todos existen algunos que por estar afectos al desarrollo de su actividad económica quedarían al margen. No obstante nosotros valoraríamos su situación su caso y le informaríamos como afectaría este procedimiento a sus bienes, concretamente a su vivienda. En un principio este trámite le liberaría de todas las deudas, sin embargo respecto a las derivadas de prestar alimentos y a las contraídas con organismos públicos, normalmente de Hacienda y Seguridad Social, habría que analizar previamente, la situación de esas deudas y sopesar la decisión a tomar con base a la reciente jurisprudencia en la materia.

La situación al final de proceso sería ideal, se cancelarían sus deudas y podría empezar una nueva vida, como ya hemos referido y entre otras cuestiones, se le excluiría de las listas de los llamados de los llamados ficheros de morosos, podría volver a tener tarjetas de crédito y a pedir financiación a los bancos.

Y así, el interrogante que aparece al final de todo este argumentario se ciñe a por que no solicita más gente el beneficio que incluye esta ley, si es tan rentable. La respuesta es sencilla, y no es otro que el desconocimiento de la norma para la población en general y para muchos abogados. En Luis Pérez y Asociados. Abogados, nuestro equipo de abogados especialistas en insolvencias y Derecho Concursal auxiliado por los peritos economistas colaboradores, darán a nuestros clientes el mejor de los asesoramientos posible en esta materia sobre la base de nuestro lema: seriedad y eficacia; porque no creamos falsas expectativas cuando no hay posibilidades objetivas de éxito. Contacte con nosotros, no cerramos durante el confinamiento, seguimos teletrabajando para darle el mejor de los servicios posible y liberarle de sus deudas y así facilitarle que empiece de nuevo «desde cero», sin deudas a su espalda.

«Cuando las deudas no se pagan porque no se puede, lo mejor es no hablar de ellas y barajar».

Viaje a la Alcarria (1948), Camilo José Cela.

Desde Luis Pérez & Asociados. Abogados, le asesoraremos en todas estas cuestiones y resolveremos sus dudas. Seguimos abiertos mediante el teletrabajo en nuestro horario de consulta habitual de lunes a jueves de 9 a 14 y de 16 a 19 y el viernes de 9 a 14. En nuestro despacho de abogados en gijón estaremos encantados de ayudarle.

Contacta con tu abogado

 Llámanos |  Escríbenos

Actualidad: Resuelve todas tus dudas relacionadas con el coronavirus: ERTE.

Nuestros clientes nos valoran

Media 0 / 5. Votos: 0

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Contacte con su abogado

Luis Pérez & Asociados. Abogados.
Todos los derechos reservados | Copyright © 2022
Diseño Web Gijón: Infofuturo

C/ Serrano 208 | Madrid - CP: 28002
C/ Foncalada 7 - 1º G | Oviedo - CP: 33002
Telf: 985 19 09 06 | Email: info@luisperezabogados.com