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Estoy casado con un extranjero; ¿Podemos residir en España?

Para poder optar a una residencia sin incidentes en España, es necesario que ambos miembros de la pareja tengan en regla la documentación. Cuando se trata de un ciudadano español que ha contraído nupcias con un ciudadano de un país extranjero (es decir, país ajeno a la Unión Europea o que forme parte del Espacio Económico Europeo) ha de cumplir una serie de requisitos, para poder así optar a una tarjeta de familiar de ciudadano de la UE.

Para efectuar la solicitud de esta tarjeta, hace falta aportar una serie de documentos personales del ciudadano extranjero, así como otros que atañen al ciudadano español.

DOCUMENTOS DEL EXTRANJERO:

  • Pasaporte completo válido y en vigor del familiar. En el supuesto de que esté caducado, deberá aportarse copia de éste y de la solicitud de renovación.
  • Documentación acreditativa de la existencia de vínculo familiar con el ciudadano de la Unión o del Espacio Económico Europeo.

DOCUMENTOS DEL ESPAÑOL:

  • D.N.I.
  • A mayores, y dependiendo de la condición que cumpla el ciudadano nacional.

Si es trabajador por cuenta ajena: podrá aportar cualquiera de los siguientes documentos:

  1. Declaración de contratación del empleador o certificado de empleo, incluyendo, al menos, los datos del nombre y dirección de la empresa, identificación fiscal y código cuenta de cotización.
  2. Contrato de trabajo registrado en el Servicio Público de Empleo, o la comunicación de la contratación y sus condiciones a través de la plataforma CONTRAT@.
  3. Documento de alta o situación asimilada al alta en el régimen correspondiente de Seguridad Social o consentimiento de la comprobación de los datos en los ficheros de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Trabajador por cuenta propia podrá aportar cualquiera de los siguientes documentos:

  1. Inscripción en el Censo de Actividades económicas.
  2. Justificación de su establecimiento mediante Inscripción en el Registro Mercantil.
  3. Documento de alta o situación asimilada al alta en el régimen correspondiente de Seguridad Social, o consentimiento de la comprobación de los datos en los ficheros de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la Agencia Tributaria.

Si no se ejerce actividad laboral en España se deberá aportar:

  • Documentación que acredite disponer de seguro de enfermedad público o privado, contratado en España o en otro país, siempre que proporcione una cobertura en España durante su periodo de residencia equivalente a la proporcionada por el Sistema Nacional de Salud. Los pensionistas cumplen con esta condición aportando certificación de disponer asistencia sanitaria con cargo al Estado por el que perciben pensión.
  • Documentación que acredite disponer de recursos suficientes para el ciudadano de la Unión y sus familiares para el periodo de residencia en España. Se podrá acreditar por cualquier medio de prueba admitido en derecho, tales como títulos de propiedad, cheques certificados, documentación justificativa de obtención de rentas de capital o tarjetas de crédito con certificación bancaria que acredite la cantidad disponible como crédito de la citada tarjeta.

Para que este tipo de solicitudes obtengan el resultado deseado, y teniendo en consideración que los documentos tienen que cumplir requisitos y plazos, lo óptimo es confiar esta gestión a profesionales del sector, que van a dar instrucciones claras y concisas de todos los documentos que se necesitan y de cómo se ha de proceder para la consecución de los mismos.

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