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Diagnóstico, Depresión mayor ¿tengo derecho a una incapacidad permanente?

¿Sirve esta por si sola para declarar la incapacidad? Y, ¿En qué grado?

Este tema es una de las cuestiones recurrentes que los clientes precisan esclarecer antes de iniciar la solicitud de incapacidad, nuestros abogados en Gijón, especialistas en materia de incapacidades (antes denominada invalidez) lo aclaran:

En relación a la primera cuestión ¿sirve la depresión mayor por si sola para declarar la incapacidad?

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La Reserva de Alquiler

Es cada vez más común, que una persona que desea alquilar una vivienda, entregue un dinero antes de formalizar el contrato de arrendamiento de la misma.

Esta reserva, otorga una serie de garantías tanto al arrendador como arrendatario, debiendo ratificar lo que comúnmente se denomina “precontrato de arrendamiento”.

Ese precontrato se da cuando, por algún motivo, no puede formalizarse aún un contrato de arrendamiento (por ejemplo, no se puede poner a disposición del futuro inquilino el inmueble objeto de arrendamiento o el futuro inquilino aún no lo tiene del todo claro).

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Año nuevo, reglamento nuevo: Los cambios en materia de tráfico seguridad vial

El pasado 21 de diciembre se publicó la Ley 18/2021, de 20 de diciembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, en materia del permiso y licencia de conducción por puntos.

Empezamos el año, pues, con reforma de la Ley de Tráfico. Dada su gran transcendencia, nuestros Abogados de Tráfico en Gijón, reseñan las novedades.

¿Qué se reformó?

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Cuando nos nombran legatarios en un testamento ¿en qué consiste?

Es habitual hablar de la figura del heredero; dentro de las herencias, una consulta recurrente, viene dada sobre la interpretación de los testamentos y la adjudicación de los legados, figura menos convencional; es importante un asesoramiento experto, pues deberemos partir diferenciado esta figura de la del heredero. Así, nuestros abogados de sucesiones en Gijón responden a las preguntas más importantes en esta materia:

¿Qué es un legado?

Es una forma de suceder a título particular, es decir, sobre un bien o parte de la herencia en concreto. Los más comunes son los legados de tercios de la herencia, los de la legítima estricta o los inmobiliarios.

A diferencia de los herederos, el legado y el legatario (persona beneficiaria) deben constar expresamente en el testamento.

¿Qué diferencias hay entre un heredero o legatario?

Principalmente en la asunción de obligaciones. Como decimos, el legatario sucede a título particular (sobre lo concreto) y el heredero de manera universal (sobre el activo y el pasivo). Por ello, la principal diferencia es que el heredero responde de las deudas, frente al legatario que no debe hacerse cargo del pasivo. Eso sí, para el legado de parte alícuota o de legítima estricta se tendrá en cuenta el pasivo para su cálculo.

¿Cómo se adjudica?

Se debe proceder como los herederos. En el plazo de 6 meses desde la defunción se deben liquidar los impuestos de sucesiones  y plusvalía municipal (este último solo si se trata de un bien inmueble) y a continuación se acudirá a Notaría para la aceptación y adjudicación.

Si no existiera acuerdo entre los herederos y legatarios, se acudiría a un procedimiento de división judicial de herencia o un ordinario ejercitando la acción reivindicatoria.

¿Pueden imponerse condiciones al legatario para que pueda hacer suyo lo legado?

Si, aunque la jurisprudencia ha ido modulando que condiciones son válidas y cuales nulas, en este último caso se tendrán por no puesta, teniendo plena validez el legado.

¿Qué pasa si lo legado no existe a fecha de fallecimiento del causante?

Conforme a los arts. 862 y 869 del Código Civil, el legado quedará sin efecto si a fecha de la apertura de la sucesión (muerte del testador) ya no tuviera en propiedad dicho bien.

No dude en contactar con nuestros Abogados de Herencias de Gijón, a través del número de teléfono 985 19 09 06 y en el correo electrónico info@luisperezabogados.com donde nuestros abogados expertos estudiaran su asunto.

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Reclamacion de garantías en productos

El día 1 de enero de 2022, ha entrado en vigor la transposición de varias Directivas de la Unión Europea, que han promovido una serie de cambios en los derechos de los consumidores, destacando, entre ellos, la modificación del plazo de garantía en la compraventa de productos a partir de la reseñada fecha.

Todos los bienes de un consumo duraderos, a tenor de la ley de consumidores, tenían 2 años de garantía. Asimismo, los fabricantes, estaban obligados a tener existencias de las piezas de reparación de los reseñados productos durante por lo menos, 5 años desde la fecha en que el bien dejase de fabricarse. Con la entrada de la nueva ley, estos plazos aumentan significativamente; el plazo de garantía pasa a ser de 2 a 3 años, y, los fabricantes de recambios, han de asegurar las piezas de repuesto para sus productos durante 10 años, duplicándose el tiempo de obligatoriedad para la fabricación de las mismas.

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Los animales de compañía y su nuevo estatus en la legislación española.

Nuestras mascotas dejan, finalmente, de ser objetos a los efectos del ordenamiento jurídico, que pasa a definirlos como “… seres vivos dotados de sensibilidad”;  Ha entrado en vigor la Ley 17/2021, de 15 de diciembre, de modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el régimen jurídico de los animales, Nuestros abogados del área de civil han analizado esta reforma que se concreta en los puntos siguientes:

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La exigencia del certificado de deudas en las compraventas de pisos

Cuando se procede con la compraventa de un piso (u otro tipo de inmueble) que se halla en régimen de propiedad horizontal, el notario, previa firma de documento de compraventa, exige lo que comúnmente llamamos “certificado de deudas” con la comunidad de propietarios. Nuestros Abogados de Derecho Inmobiliario y Fiscal os explican como realizar este proceso. Este certificado, es una acreditación fehaciente de que se está al corriente de pago con las cuotas comunitarias, además de reseñar si existe alguna deuda por parte del transmitente para con la comunidad.

Sin la certificación anteriormente citada, no podrá autorizarse el otorgamiento del documento público, salvo que el transmitente fuese expresamente exonerado de esta obligación por el adquirente. Es decir, que, si existen una serie de deudas por parte del vendedor para con la comunidad, se han de dejar reflejadas en el certificado salvo que el comprador las asuma o que renuncie expresamente a que se aporte el certificado.

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Prestación por desempleo. ¿Qué es? ¿Cómo se pide?

El desempleo, también llamado paro, es aquella situación laboral en que persona que estando en edad y condiciones para trabajar, carece de un puesto de trabajo.

En otras palabras, desempleo es el estado de quien carece de empleo y, por tanto, de salario, con el consiguiente riesgo de empobrecimiento. Por ello es uno de los riesgos o contingencias que están bajo la acción protectora de la Seguridad Social, que nuestros abogados laboralistas de nuestro Despacho de abogados en Gijón le explican.

¿Qué es la Prestación por Desempleo?

Coloquialmente llamada “paro” es la prestación contributiva en virtud de la cual el trabajador, que cotizó lo suficiente para asegurar esta contingencia, cobra una cantidad para paliar los efectos perder su empleo y fuente de ingresos por causas ajenas a su voluntad.

¿Cuándo procede?

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¿Se pueden modificar las medidas fijadas en relación a los menores tras la separación o divorcio?

Con el paso del tiempo, a medida que los hijos crecen, los convenios reguladores o las sentencias en relación a las medidas con los hijos menores se quedan obsoletos por el paso del tiempo y por la alteración de las circunstancias.

Por eso se faculta a cualquier de los progenitores a instar la modificación de las mismas, ya sea de mutuo acuerdo, o si no hay consenso, de manera contenciosa. Desde nuestros abogados de familia en Gijón analizarán el contenido del convenio o sentencia que se precisa modificar y la viabilidad de dicho cambio.

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Registro de ciudadano de la Unión Europea

Ser un ciudadano de los países que conforman la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo o Suiza, da muchos beneficios; el conocido Acuerdo Schengen, además del tráfico de divisas y mercancías, facilita a los ciudadanos el poder viajar y establecerse en otros estados sin necesidad de obtener un visado previo antes.

Aun existiendo un tratamiento privilegiado, cualquier ciudadano de un país de la UE que desee venir a España y efectuar aquí una estancia que dure más de tres meses, debe solicitar su inscripción en el registro central de extranjeros. Para ello, se debe tramitar la “green card” o tarjeta verde. A diferencia de los extranjeros de terceros países, los residentes de la UE, no es necesario pedir una tarjeta de identificación de extranjero ni disponer de un NIE, si no que, con el propio registro, se asigna el número NIE. Nuestros Abogados en Gijón te explican los pasos a seguir.

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